Sala de Prensa
- Portada
- Sala de Prensa
- Noticias
- Corte de Valdivia acogió amparo de la defensa pública que buscaba evitar ingreso a la cárcel mientras se tramita una apelación
16/01/2025
Recurso citó el artículo 79 del Código Penal, en cuanto a que las penas se cumplirán sólo con sentencia firme
Corte de Valdivia acogió amparo de la defensa pública que buscaba evitar ingreso a la cárcel mientras se tramita una apelación
Hombre sentenciado por hurto frustrado a una pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna no se presentó a la instalación de una tobillera electrónica y, a solicitud de la Fiscalía, el Tribunal de Garantía de La Unión agravó la pena y ordenó su ingreso inmediato a la cárcel. Su defensor público argumentó que esta medida no podía cumplirse hasta agotar todas las instancias procesales, en este caso la decisión del tribunal de alzada sobre el recurso de apelación interpuesto en favor de su representado.
Por Malú Rodríguez Sepúlveda,
periodista Defensoría Regional de Los Ríos.
La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió, este martes 14, un recurso de amparo interpuesto por el defensor público Fabián Malpu Pérez, tras una resolución del juez de garantía de La Unión, Cristian Seura quien, a petición de la Fiscalía, ordenó que un hombre sentenciado por hurto frustrado a una pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna ingresara de inmediato a la unidad penal de esa ciudad a cumplir la pena privativa de libertad impuesta inicialmente.
Lo anterior, porque la persona afectada no se presentó en el Centro de Reinserción Social (CRS) de Gendarmería en Valdivia para la instalación de una tobillera electrónica, como establecía la sentencia de la pena alternativa.
Según explicó el defensor público, esa decisión representa una afectación a la libertad y al derecho a un debido proceso de su representado, pues ya anunciada su intención de presentar un recurso de apelación en favor de su representado, el cumplimiento de la pena alternativa debía quedar suspendido a la espera del pronunciamiento del tribunal de alzada.
“Independiente de la cuestión de fondo -si se agrava o no la forma de cumplimiento de la sanción-, nosotros entendíamos que aún no estaba dicha la última palabra y que no se habían agotado todas las instancias procesales, en este caso la interposición de nuestro recurso de apelación, para que sea la Corte de Valdivia la que, en definitiva, revoque o confirme la decisión de primera instancia”, explicó.
En lo técnico jurídico, el abogado mencionó que la Ley N° 18.216 sobre penas sustitutivas no señala con claridad el efecto del recurso de apelación, es decir, si se puede aplicar de inmediato la decisión de un tribunal de garantía o debe quedar suspendida esa acción hasta que resuelva el respectivo tribunal de alzada.
JURISPRUDENCIA
“En esta resolución la Corte aduce lo que indica el artículo 79 del Código Penal: que las penas se cumplirán sólo una vez que la sentencia está firme y, aunque se trate de una pena alternativa, ésta debe ejecutarse y cumplirse a partir de que estemos ante una decisión inmodificable y haya cosa juzgada”, aclaró.
De esta manera, se dejó sin efecto la resolución del Tribunal de Garantía de La Unión en audiencia del pasado 7 de enero, en que se debatió si se intensificaba o no la pena, de modo que su representado continuará cumpliendo la pena sustitutiva en su domicilio mientras se resuelve el recurso de apelación interpuesto por su defensor público.
Para Fabián Malpu, este fallo representa un importante giro de la Corte valdiviana, al adherir al criterio jurídico expresado por la Corte Suprema en varios fallos dictaminados en 2023.
RESGUARDO DE LA LIBERTAD
En torno al interés de su defendido, Malpu comentó que la resolución sobre un recurso de apelación tarda alrededor de tres semanas, aproximadamente, por lo que si no se presentaba este recurso de amparo su representado habría estado privado de libertad todo ese tiempo, sin perjuicio de que la Corte finalmente decidiera no aceptar la intensificación de la pena sustitutiva.
El recurso fue elaborado integralmente por el defensor público, aunque quien lo alegó ante la Corte de Apelaciones fue el jefe de estudios de la Defensoría Regional de Los Ríos, Juan Pablo Alday. Posteriormente, fallaron de manera unánime la ministra María Soledad Piñeiro, el ministro (s) Carlos Acosta y el abogado integrante Iván Hunter.
Noticias relacionadas:
- DRMN presentará recurso de amparo por precarias condiciones en módulo del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I
- Defensa pública logró que Corte de Apelaciones dejara sin efecto revocación de pena sustitutiva
- Corte de Apelaciones suspende procedimiento contra representado que padece esquizofrenia y trastorno afectivo bipolar
- Defensa penitenciaria logró que Corte de Valparaíso ordenara libertad inmediata de amparado que iba ser expulsado del país
- Corte de Antofagasta acogió amparo por deficientes condiciones del CDP de Calama
- Noticias
- Columnas
- Revista 93
- Revista 93, Nº27
- Revista 93, Nº26
- Revista 93, Nº25
- Revista 93, Nº24
- Revista 93, Nº23
- Revista 93, N°22
- Revista 93, N°21
- Revista 93, N°20
- Revista 93, N°19
- Revista 93, N°18
- Revista 93, N°17
- Revista 93, N°16
- Revista 93, N°15
- Revista 93, N°14
- Revista 93, N°13
- Revista 93, N°12
- Revista 93, N°11
- Revista 93, N°10
- Revista 93, N°9
- Revista 93, N°8
- Revista 93, N°7
- Revista 93, N°6
- Revista 93, N°5
- Revista 93, N°4
- Revista 93, N°3
- Revista 93, N°2
- Revista 93, N°1
- Publicaciones destacadas
- Galería multimedia
- subir
- imprimir
- volver



