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17/02/2026
Con adhesión del Instituto Nacional de Derechos Humanos de la región de Los Ríos
Corte de Valdivia acogió acción de defensa penitenciaria y cárcel de Río Bueno contará con atención paramédica y psicológica.
El defensor penitenciario de la Defensoría Regional de Los Ríos, Felipe Álvarez Hernández presentó la acción constitucional de amparo en favor de internos del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Río Bueno y Gendarmería de Chile deberá implementar esas prestaciones en 30 días.
por Malú Rodríguez Sepúlveda,
periodista Defensoría Regional de Los Ríos.
El defensor penitenciario de la Defensoría Regional de Los Ríos, Felipe Álvarez Hernández, logró que la segunda sala de la Corte de Apelaciones de Valdivia acogiera de manera unánime la acción constitucional de amparo que presentó, para que los internos del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Río Bueno cuenten con atención paramédica y psicológica en esa unidad penal.
Como precedente, según explicó el abogado, en la visita semestral del Poder Judicial, el Juez de Garantía Río Bueno, Diego Fuentes Rolack, ya había registrado en un informe el riesgo que suponía la ausencia de estas prestaciones en el recinto penitenciario reabierto en mayo de 2024 para población masculina con mediano y bajo compromiso delictual. “El magistrado constató e hizo saber que la enfermería penitenciaria no estaba funcionando debido a que no contaba con una o un profesional paramédico de manera permanente, servicio de suma importancia ante posibles episodios críticos, considerando además que un alto porcentaje de los internos que cumplen pena en este recinto son adultos mayores y otros presentan enfermedades crónicas”.
DESMEDRO EN REINSERCIÓN SOCIAL
Sobre la atención psicológica, Álvarez mencionó que aun cuando las condiciones de ese centro son considerablemente mejores que otros recintos penitenciarios, este servicio es fundamental ante el impacto del encierro en la salud mental de toda persona privada de libertad y para su proceso de resocialización. “La ausencia de un o una profesional psicóloga repercute directamente en el acceso a los ya escasos programas de reinserción social, que son necesarios precisamente para que los internos el día de mañana —cuando egresen del sistema— tengan mayores herramientas para enfrentar el entorno social y no reincidir”, agregó.
En esa perspectiva, el abogado precisó que la acción judicial que interpuso la defensa penitenciaria, apeló al rol de garante de derechos de personas privadas de libertad bajo la custodia del Estado, que en este caso es representado por Gendarmería de Chile. “La falta de atención paramédica y psicológica constituye un incumplimiento a su Ley Orgánica Constitucional, así como a la normativa penitenciaria. Conlleva una afectación al derecho a la libertad personal y seguridad individual de las personas allí recluidas, por cuanto, al no acceder a prestaciones de salud e intervención psicológica, se denegaba de alguna manera la posibilidad de ejercer derechos como salidas graduales o libertad condicional si avanzan adecuadamente en sus procesos de reinserción social”.
El jefe de Estudios de la Defensoría Regional de Los Ríos, Juan Pablo Alday Blanc, felicitó la labor de la defensa penitenciaria en la región y destacó su rol de cautelar el ejercicio de derechos de personas privadas de libertad y de proveer las condiciones para el “gran propósito de la reinserción social y, en definitiva, aportar a mejorar los índices de delincuencia y paz social en nuestro país”.
Atendidas todas estas consideraciones en la acción constitucional de amparo, a la que se adhirió el Instituto Nacional de Derechos Humanos de Los Ríos en la línea de abogar por el cumplimiento de estándares internacionales de derechos humanos en el ámbito penitenciario, el fallo del Tribunal de Alzada valdiviano ordenó la implementación de la atención paramédica y psicológica en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Río Bueno en un plazo de treinta días, a partir de la fecha de la resolución del 9 de febrero de 2026.
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