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15/04/2025
Tras considerar insuficientes las pruebas del Ministerio Público
Tribunal Oral en lo Penal de Osorno absolvió por unanimidad a acusado de microtráfico
Además de una baja cantidad de droga, que el tribunal consideró apta para consumo personal, no se encontraron elementos que sugirieran comercialización, como balanzas, conversaciones telefónicas o evidencia de venta.
Por Jorge Mansilla Macías,
Defensoría Regional de Los Lagos.
Por unanimidad, el Tribunal Oral en lo Penal de Osorno absolvió a un imputado previamente acusado de microtráfico de drogas y porte ilegal de munición, tras considerar insuficientes las pruebas presentadas por el Ministerio Público en su contra.
El fallo determinó que las cantidades incautadas eran mínimas y destinadas al consumo personal, además de establecer que no existían elementos que vincularan al acusado con la tenencia de una munición encontrada en otro sector del domicilio.
La causa se originó a partir de una diligencia de entrada y registro a un domicilio investigado por presunto tráfico de drogas. Durante el procedimiento, se encontró en poder del imputado 1,5 gramos de marihuana y 0,26 gramos de cocaína, cantidades que el tribunal consideró aptas para consumo personal próximo en el tiempo. Además, no se hallaron elementos que sugirieran comercialización, como balanzas, conversaciones telefónicas o evidencia de venta, lo que llevó al tribunal a descartar la hipótesis del tráfico.
PORTE DE MUNICIÓN
Respecto de la imputación por porte ilegal de munición, el tribunal determinó que la bala encontrada, correspondiente a un fusil de guerra, estaba en una habitación distinta a la del imputado. “Dado que no existían pruebas que vincularan al imputado con dicho hallazgo, se resolvió su absolución también por este cargo”, explicó el defensor penal público Edgar Carlsson Pailalef.
El abogado destacó que “el tribunal entendió que era plausible, dada la exigua cantidad de droga. Respecto de la munición, tampoco se pudo acreditar que él haya tenido ningún tipo de dominio o conocimiento sobre ella, considerando los antecedentes del domicilio y la presencia de otros habitantes del mismo”.
Posteriormente la Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó el fallo de primera instancia, que absolvió al hombre de los delitos por los que llegó a juicio oral.
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